Conoce los criterios sobre las retenciones de créditos Infonavit
La reciente reforma al artículo 29 de la Ley del Infonavit, publicada el 21 de febrero de 2025, generó inquietud al establecer que los descuentos a las personas trabajadoras por créditos de vivienda no se suspenden en casos de ausencias o incapacidades.
Sin embargo, el Instituto aclaró que las empresas solo deben descontar sobre lo efectivamente pagado al trabajador, sin ser responsables de tener que cubrir el monto que no se le pudo retener a los empleados. Esta precisión brindó claridad al sector empresarial al explicar que no se tendrán cargas adicionales.
En este blog analizamos los detalles de los criterios que el Infonavit emitió respecto a esta reforma y las obligaciones de las empresas.
Aclaraciones
La C.P.C. Norma Robles Ulloa, de Robles Ulloa Asesores y Contadores en Nómina y Capital Humano, explicó durante el webinar “Actualización de criterios en reforma al Infonavit”, que la reforma elimina la proporcionalidad en los descuentos.
Estas retenciones ya no se ajustan según faltas o incapacidades, sino que se aplica el monto fijo establecido en el aviso de retención cuando la persona trabajadora adquiere el crédito con la institución.
Sin embargo, si el trabajador no percibe ingresos suficientes en un mes (por ejemplo, por una incapacidad prolongada), el patrón no está obligado a cubrir estos montos como parte de la responsabilidad solidaria.
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Medición mensual y plazos de implementación
Uno de los aspectos más relevantes es la evaluación de si el trabajador tiene ingresos suficientes para el descuento que se realizará mensualmente. Si en un mes no se logra retener el monto completo, no habrá obligación de reponerlo posteriormente.
No obstante, esto podría afectar el plazo de liquidación del crédito, ya que el Infonavit considera estos pagos como parte fundamental del plan de amortización pactado con el trabajador.
Robles Ulloa comentó que se espera la publicación de un proyecto de suspensión temporal que otorgaría a los patrones un plazo de dos bimestres (hasta julio-agosto de 2025) para adaptar sus sistemas de nómina antes de aplicar la reforma en su totalidad.
Mientras tanto, el primer bimestre (enero-febrero) se liquidó bajo las reglas anteriores, y se sigue a la espera de actualizaciones en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) para facilitar el cumplimiento de las aclaraciones de estos casos.
Retos y dudas pendientes
Entre las principales inquietudes que persisten están:
Mecanismo de aclaración de diferencias: aún no está definido cómo los patrones podrán justificar ante el Infonavit los casos en los que no se logró descontar el monto completo.
Prelación de descuentos: actualmente la ley señala que cuando un trabajador tiene múltiples obligaciones (como pensiones alimenticias o créditos Fonacot), se mantiene el orden de prioridad: primero pensiones, luego Fonacot y después otros descuentos.
Incapacidades prolongadas: en casos como maternidad o riesgos de trabajo, será necesario documentar la falta de ingresos para evitar retenciones inviables.
Consecuencias para los trabajadores
Aunque la reforma busca evitar el incremento de saldos insolutos en los créditos, los trabajadores con ingresos variables o periodos sin salario podrían ver afectados sus plazos de pago, ya que no podrían cubrir de forma completa las mensualidades del crédito. Esto podría alargar el tiempo de liquidación y generar intereses adicionales.
Recomendaciones para empleadores
Revisar contratos y avisos de descuento: asegurarse de que los trabajadores comprendan los cambios.
Consultar con asesores laborales y fiscales: para evitar conflictos legales por deducciones no autorizadas o afectaciones al salario mínimo.
Monitorear actualizaciones del Infonavit: poner atención a la publicación oficial del proyecto de suspensión y las nuevas reglas del SUA.
La reforma al Infonavit representa un cambio significativo en el manejo de los descuentos por créditos de vivienda, con implicaciones tanto para empleadores como trabajadores.
Aunque las aclaraciones recientes han mitigado parte de la incertidumbre, aún quedan detalles por definir, especialmente en cuanto a la operatividad de la nueva normativa. Mientras tanto, la recomendación principal es mantenerse informado y prepararse para los ajustes que entrarán en vigor en los próximos meses.
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