Empresas no asumirán pagos de créditos: Infonavit
La reforma al penúltimo párrafo del artículo 29 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), publicada el 21 de febrero de 2025 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), generó preocupación en el sector empresarial.
De acuerdo con lo señalado en el apartado legal, los empleadores están obligados a realizar descuentos a trabajadores por créditos de vivienda incluso en casos de ausencias o incapacidades.
Ante la incertidumbre, el Infonavit aclaró que los patrones no están obligados a efectuar descuentos si no hay pago de salario, lo que brindó certidumbre al sector patronal.
¿Qué señala la ley y el Infonavit?
La reforma establece que no se suspenderá la obligación de realizar descuentos y enteros de créditos de vivienda, incluso en casos de ausencias o incapacidades contempladas en la Ley del Seguro Social.
Ante ello, el sector patronal manifestó sus dudas por la aplicación de descuentos cuando no se paga salario por las causas señaladas, considerando que esto representaría una obligación difícil de cumplir.
Además, al tratarse de una responsabilidad solidaria, las empresas temían asumir el pago de montos no descontados a los trabajadores.
Para disipar las dudas, el Infonavit publicó el Criterio 01/2025 el 14 de marzo de 2025 en el que precisó que los patrones no deben descontar más de lo efectivamente pagado al trabajador.
Esto quiere decir que si no hay salario, no existe obligación de descuento, y el patrón no es responsable de cubrir las cantidades que no se hayan podido retener a las personas.
Este criterio fue reiterado en la Asamblea Constitutiva del Infonavit, celebrada el 19 de marzo de 2025 en la Ciudad de México.
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Posición del sector empresarial y la tecnología
Elisa Ibañez, socia de Impuestos al Capital Humano en Mauricio Monroy Contadores, señaló que la aclaración brinda certidumbre a los empleadores, quienes enfrentaban dificultades en la aplicación de los descuentos en ausencia de pagos salariales.
“La aclaración de ese criterio me parece muy oportuna y atinada, sobre todo en momentos de incertidumbre por los que las empresas están atravesando en medio de la guerra arancelaria y el incremento de costos de mano de obra y capital humano”, señaló la especialista.
Consideró que cubrir estos pagos representaría un reto en las relaciones laborales y un costo adicional para las empresas con fuentes de empleo formales, siendo injusto y oneroso para ellas.
Por otra parte, destacó la experiencia de usuarios del sistema Ventuk, que brinda funcionalidades para la gestión de operaciones de nómina, incluyendo las retenciones y entero de pagos de créditos Infonavit.
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Con información de Infonavit y Mauricio Monroy Contadores