Recomendaciones sobre el nuevo esquema de vacaciones

Recomendaciones nuevo esquema de vacaciones México

La ampliación del periodo vacacional de 6 a 12 días para los trabajadores mexicanos ya es una realidad y las empresas deben tener presentes varias consideraciones relacionadas a este cambio. 

Esta reforma denominada “Vacaciones dignas”, aplicada sobre los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de diciembre de 2022 y entró en vigor el 1 de enero de 2023.

Con la modificación, el artículo 76 de la Ley señala que el periodo vacacional en ningún caso podrá ser inferior a 12 días laborables y que aumentará en 2 días laborables por cada año subsecuente de servicios hasta llegar a 20 días. A partir del sexto año el periodo vacacional aumentará 2 días por cada 5 años de servicio. 

Además, señala que los días de descanso serán continuos. Dicho período quedará a potestad del empleado, quien podrá distribuirlo en el tiempo y forma que requiera.

Para consultar la publicación de la reforma en el DOF, ingresa aquí.

Durante el webinar “Impacto del nuevo esquema de vacaciones en la nómina de las empresas”, organizado por Incomex y Ventuk Nómina, Elisa Ibáñez, socia de Impuestos al Capital Humano en Mauricio Monroy Contadores, y Roberto Quijano, socio del despacho Cervantes-Quijano, brindaron recomendaciones a las empresas con el objetivo de que puedan cumplir de manera correcta y eviten sanciones de la autoridad.

Elisa Ibáñez comentó que las empresas que cumplen con las normas de información financiera y, sobre todo, las que dictaminan sus estados financieros para cotizar en bolsa o para efectos fiscales, tienen que reconocer el pasivo devengado al cierre del 2022 con obligación de pago durante 2023, esto calculando con el nuevo esquema de vacaciones.

Dicho de otra forma, las obligaciones económicas por concepto de vacaciones que correspondan a 2022 pero que serán cubiertas en 2023, deben ajustarse al esquema de 2023 pues será el vigente en ese momento.

Otro punto a considerar es la actualización del factor de integración (utilizado para calcular el Salario Diario Integrado y que repercute para las aportaciones al IMSS y el pago del Impuesto Sobre la Renta) al modificarse los días de vacaciones. Las empresas deben revisar cuál es la actualización según las prestaciones que ofrecen y la antigüedad de cada trabajador.

Por su parte, Roberto Quijano indicó que este nuevo esquema de vacaciones aplica a partir del 1 de enero de 2023 a todos los empleados de las empresas, independientemente de su antigüedad o el puesto que ocupen.

Sumó a las recomendaciones otras de corte laboral, anteponiendo y recordando que la legislación laboral en México siempre debe tener una interpretación que beneficie al trabajador. 

Algunas de estas recomendaciones son:

  • Que las empresas actualicen su reglamentación y documentos (política de vacaciones, constancias de antigüedad y vacaciones, contratos colectivos de trabajo, entre otros) para que estén en sintonía con el nuevo esquema de vacaciones.

  • El salario de vacaciones y prima vacacional deberán estar acordes al nuevo esquema si los días se gozarán en 2023, aunque el aniversario se haya cumplido en 2022, ya que será el que está vigente.

  • Las empresas deberán acordar con los trabajadores si los cierres programados de actividades (por ejemplo, de fin de año) se tomarán como parte de las vacaciones, pues ellos tienen el derecho de solicitar o notificar el goce de su periodo vacacional continuo sin divisiones.

Quijano hizo referencia a las empresas que tienen jornadas laborales mayores a 9.6 horas al día para tener menos días laborales a la semana, señalando que estos esquemas son ilegales y pueden traer consecuencias a los patrones.

La reforma establece que los días de descanso corresponden a días laborables, por lo que una persona que trabaja 4 días a la semana con jornadas de 12 horas (independientemente de la ilegalidad del esquema) tendría derecho a 3 semanas de vacaciones al cumplir su primer año, pues deben cumplir los 12 días obligatorios. Sin embargo, los especialistas coinciden en que estas prácticas deben ser erradicadas.

En el caso de que no se hayan otorgado vacaciones en años pasados, se debe consultar a expertos en la materia para encontrar la manera de cubrir esta falta y por lo menos hacer los pagos que le corresponden al trabajador por periodos vacacionales vencidos.

Es responsabilidad del patrón que el trabajador tome las vacaciones, pues las sanciones de que no lo haga son para él. Además, son una prestación irrenunciable por lo que no se pueden intercambiar por pago.

Indicó que es muy probable que autoridades realicen inspecciones en las empresas para corroborar que se esté cumpliendo con el nuevo esquema de vacaciones aprobado, por lo que instó a realizar los ajustes necesarios para cumplir de manera correcta con la reglamentación.

Para ver el webinar completo, puedes ingresar dando clic en este link.

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