STPS publica lineamientos de la NOM-037 de teletrabajo
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023, la cual aborda las condiciones de seguridad y salud para el teletrabajo.
Esta publicación se da en seguimiento a las reformas realizadas en enero de 2021 a la Ley Federal del Trabajo, las cuales incluyeron un capítulo para regular el trabajo remoto.
La publicación de esta norma se realizó el 8 de junio de 2023 en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) y su objetivo principal es prevenir accidentes y enfermedades, así como fomentar un entorno laboral seguro y saludable para aquellos que realizan actividades bajo la modalidad de teletrabajo.
La norma establece diversas obligaciones tanto para los empleadores como para los trabajadores, además de los requisitos que deben cumplir los lugares donde se llevará a cabo el teletrabajo para considerarse aptos.
A continuación, se detallan algunas de las obligaciones para ambos:
Obligaciones de los empleadores:
Mantener un listado actualizado de los trabajadores que realizan teletrabajo.
Establecer y difundir por escrito una política de teletrabajo que cumpla con las disposiciones del contrato colectivo de trabajo o del reglamento interior de trabajo, la cual promueva la cultura de la prevención de riesgos laborales y facilite la comunicación y difusión a distancia, entre otros puntos.
Informar a los trabajadores y a la Comisión de Seguridad e Higiene sobre los riesgos ergonómicos y psicosociales relacionados con el teletrabajo.
Contar con una lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo, así como proporcionar facilidades para su validación por parte de la comisión de seguridad e higiene.
Establecer y documentar el proceso de implementación del teletrabajo, incluyendo la comunicación con los trabajadores, la supervisión del trabajo, el mantenimiento del equipo y los horarios de trabajo.
Proporcionar una silla ergonómica y los insumos necesarios para el desempeño adecuado del trabajo.
Establecer y documentar programas de capacitación al menos una vez al año sobre seguridad y salud en el trabajo.
Establecer mecanismos para revertir la modalidad de teletrabajo a presencial en caso que se necesite.
Practicar exámenes médicos y dar seguimiento a los avisos de accidentes de trabajo.
Compartir la documentación que cumple con la norma a la comisión de seguridad e higiene.
Contar con mecanismos de atención para casos de violencia familiar.
Brindar apoyo y facilidades para la participación de los trabajadores en comisiones de seguridad e higiene y de capacitación.
Obligaciones de los trabajadores:
Proporcionar facilidades para la verificación física de las condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo, o bien, aplicar la lista de verificación correspondiente antes y después de iniciar el teletrabajo.
Cumplir con la política de teletrabajo establecida por el empleador.
Informar al empleador y a la comisión cualquier alteración de las condiciones de seguridad y salud o casos de fuerza mayor que impidan el teletrabajo.
Resguardar y conservar en buen estado los equipos y materiales proporcionados por el empleador.
Cumplir con las disposiciones de seguridad y salud en el trabajo, incluyendo los exámenes médicos requeridos.
Observar las políticas y mecanismos de protección de datos e información establecidos por el empleador.
Informar al empleador con anticipación sobre cualquier cambio de domicilio temporal o definitivo.
Participar en los programas de información de riesgos y capacitación proporcionados por el empleador.
Notificar al empleador y a la Comisión de los riesgos laborales que se presenten durante el teletrabajo.
Condiciones de trabajo, seguridad, capacitación y evaluación de cumplimiento
Además, la norma establece requisitos para los lugares de teletrabajo, que deben contar con conectividad para el uso de tecnologías de la información y comunicación, así como condiciones adecuadas de seguridad, salud, iluminación, ventilación y ergonomía.
Aborda además los riesgos físicos, ergonómicos y psicosociales, y enfatiza la importancia de tener un lugar de trabajo limpio, ordenado, con iluminación adecuada, temperatura agradable, nivel de ruido controlado y condiciones ergonómicas que eviten tensiones en el cuerpo. También se promueve la privacidad, la conciliación entre el trabajo y la vida personal, y se establecen pausas y tiempos de descanso adecuados.
La capacitación y adiestramiento son elementos clave en la norma, y se espera que los trabajadores adquieran conocimientos sobre los riesgos laborales en el teletrabajo, la política de teletrabajo, el manejo de tecnologías de la información y comunicación, entre otros aspectos relevantes.
Para evaluar el cumplimiento de la norma, el empleador tiene la opción de contratar los servicios de una Unidad de Inspección acreditada. Estas unidades aplicarán criterios de cumplimiento establecidos en el procedimiento de evaluación y emitirán dictámenes que contengan información sobre el centro verificado, la unidad de inspección y los resultados de la evaluación.
La NOM-037-STPS-2023 entrará en vigor 180 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), a partir del martes 5 de diciembre de 2023.
Consulte el contenido completo de la norma en este enlace para obtener información detallada sobre el proceso de verificación y los apéndices que proporcionan guías para la evaluación de los lugares propuestos para el teletrabajo.
Con información de Incomex