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Conoce el Programa VELAVO de la STPS

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) presentó el Programa de Verificación Laboral Voluntaria (VELAVO), una plataforma en línea a través de la cual las empresas pueden declarar su nivel de cumplimiento laboral en relación a Condiciones Generales de Trabajo, Salud y Seguridad, y Capacitación y Adiestramiento. 

El objetivo del programa es fortalecer las condiciones de trabajo digno para las y los trabajadores mexicanos, así como facilitar el cumplimiento de las obligaciones laborales de las empresas, refirió la titular de la dependencia, Luisa Alcalde. 

El VELAVO se encargará de atender a 4 mil centros de trabajo de jurisdicción federal, que equivalen a 200 mil personas trabajadoras cubiertas. 

La plataforma beneficiará a los trabajadores al propiciar un ambiente laboral seguro y salvaguardar sus derechos. 

Beneficios del VELAVO

  • No ser inspeccionadas durante un año en la materia que acrediten.

  • Ahorro de tiempo en responder a auditorías e inspecciones.

  • Tener un certero diagnóstico sobre la calidad y la capacidad de su propia empresa en cumplir con el marco laboral vigente.

  • De manera aleatoria, se contará con asesoría por parte de Inspección Federal del Trabajo para mejorar el cumplimiento laboral.

  • Facilita la verificación documental del cumplimiento, ya que se instrumenta mediante una plataforma informática (https://pvlv.stps.gob.mx/).

El VELAVO se erige como alternativa para centros de trabajo que cumplen con sus obligaciones laborales, propiciando una mejor racionalización de los recursos públicos y de los servicios que proporciona la inspección del trabajo.

La STPS destacó que todas las empresas pueden participar en la materia de Condiciones Generales de Trabajo, mientras que para Capacitación, Adiestramiento y Productividad, podrán incorporarse aquellos que hayan acreditado el primero.

En cuanto a Seguridad y Salud en el Trabajo, participan los centros de trabajo que acrediten la materia de Condiciones Generales de Trabajo y se encuentren catalogados con clases de riesgo I y II de conformidad con el Catálogo de Actividades para la Clasificación de las Empresas en el Seguro de Riesgos de Trabajo y tengan menos de 75 personas trabajadoras. 

Fuente: STPS.